miércoles, 10 de diciembre de 2014

VII Parte ¿Dónde habita Dios? Tratado de los Sacramentos / Ronald Rivera. Antropología en los sacramentos: Sujeto y Ministro





 

VII Parte ¿Dónde habita Dios? Tratado de los Sacramentos  


Antropología en los sacramentos: Sujeto y Ministro


Ministro de Cristo y de la Iglesia 

Hemos reiterado que los sacramentos son acciones de Cristo y de la Iglesia. Son acciones de Cristo no sólo porque Él los ha isntituido, como si sólo fuera su autor hace más de dos mil años, sino también porque en ellos actúa Cristo mismo (CEC 1127), ya sea en cuanto Dios que en cuanto hombre, Sólo la Trinidad puede causar los efectos salvadores de los sacramentos, y lo hace mediante la humanidad santísima de Jesucristo. El contacto entre las acciones de Cristo, confluyen en el misterio pascual, y los hombres se realiza por la fe y los sacramentos, que prolongan la eficacia salvadora de las acciones de Jesucristo, hasta el punto de que los sacramentos son acciones de Cristo, que los administra por medio de los hombres (Pablo VI, Enc. Mysterium fidei).

Los sacramentos son, pues, acciones humanas, gestos y palabras realizados por hombres, que sirven a Cristo, para comunicar la salvación que brota de su misterio pascual. Aun siendo acciones que se atribuyen con razón a los que las realizan, sin embargo son más que nada acciones de la Iglesia.

En la liturgia de los sacramentos se pone de manifiesto que la Iglesia actúa en los sacramentos como comunidad sacerdotal, orgánicamente estructurada (LG 11) (CEC 1119). No se trata de algo privado.

El que realiza la acción propiamente sacramental se llama "ministro" del sacramento, porque se pone al servicio de Cristo y de la Iglesia; no es el dueño, sino el servidor.

La validez y eficacia de los sacramentos son independientes de la fe y santidad del ministro. Ex opere operato. Aún así se ha de velar por la importancia de las buenas disposiciones morales del ministro del sacramento, como de su vida espiritual. 


La recta conducta moral del ministro se pone de manifiesto no sólo en la disponibilidad generosa para ejercer el ministerio sacramental, sino también en la denegación de los sacramentos a los que no pueden recibirlos. "Está prohibida por ley divina, la comunicación en las cosas sagradas que ofenda la unidad de la Iglesia o que lleve consigo adhesión formal al error o peligro de errar en la fe, de escándalo o de indeferentismo" (OE 26).



El sujeto de los sacramentos


Sujeto del sacramento es aquel que lo recibe, y a este propósito conviene distinguir entre la recepción válida del sacramento y la recepción fructuosa, puestoque hay sacramentos, como los tres que imprimen carácter y el matrimonio, que pueden realizarse válidamente pero sin fruto espiritual, es decir, el sacramento, porque el sujeto está mal preparado, no le da la gracia, pero sin que resulte completamente vacío de sentido y eficacia, sino al contrario sifnificando y comunicando un cierto efecto espiritual, como lo son el carácter sacramental y el vínculo conyugal.


Las condiciones en el sujeto para recibir válidamente los sacramentos son:



1. Estar vivo y bautizado (Quien no ha recibido el bautismo, no puede ser admitido válidamente a los demás sacramentos (CIC, can. 842 n. 1).



2. Tener la intención libre de recibir el sacramento. En caso de moribundos o personas de no completa conciencia (como los niños) La intención de la Iglesia como comunidad suple.



3. Recepción fructuosa del sacramento, es decir estar preparado para recibir con dignidad la gracia contenida.



4. Debe comprometerse a una conducta bien determinada de vida cristiana.



5. Debe estar en el contexto celebrativo de la comunión de la Iglesia.



Lic. Ronald Rivera



@ronaldriver



Bibliografía: MIRALLES, Antonio "LOS SACRAMENTOS CRISTIANOS" Palabra. Madrid, 2000.