miércoles, 12 de agosto de 2026

El pederasta Marcial Maciel desde Pío XII hasta Benedicto XVI


Preguntas que la Comunidad me ha realizado:

¿Durante el tiempo del Papa Juan Pablo II hubo una acusación o pena canónica al fundador de los Legionarios de Cristo, el sacerdote Maciel?

La respuesta breve es esta: durante el pontificado de Juan Pablo II hubo acusaciones formales contra Marcial Maciel y una investigación canónica de la Santa Sede, pero no recibió durante ese pontificado una pena canónica pública equivalente a la impuesta posteriormente por Benedicto XVI en 2006.


El asunto tiene tres etapas diferentes.


1. La primera investigación: Pío XII y Juan XXIII


Maciel ya había sido objeto de una investigación eclesiástica mucho antes de Juan Pablo II.


En 1956, durante el pontificado de Pío XII, la entonces Sagrada Congregación del Santo Oficio abrió una investigación sobre Maciel. Fue apartado temporalmente de sus funciones como superior de los Legionarios de Cristo y se le impuso una suspensión de sus actividades sacerdotales mientras se investigaban las acusaciones.


Este episodio es importante porque demuestra que las autoridades de la Santa Sede ya habían recibido denuncias contra Maciel décadas antes de Juan Pablo II.


La investigación terminó sin una condena pública definitiva. Después de la muerte de Pío XII, durante el pontificado de Juan XXIII, las medidas contra Maciel fueron levantadas y pudo recuperar sus funciones.


Por tanto:


1956: investigación y medidas disciplinarias.

1959: rehabilitación de Maciel y levantamiento de las restricciones.


Este primer episodio no ocurrió bajo Juan Pablo II.


2. Juan Pablo II: las acusaciones vuelven a la Santa Sede


Aquí está la parte que probablemente esperan los que me han formulado las preguntas.


En 1997, ocho antiguos miembros de los Legionarios de Cristo hicieron públicas acusaciones contra Maciel, fundamentalmente relacionadas con abusos sexuales cometidos cuando ellos eran menores.


Las denuncias tuvieron enorme repercusión porque Maciel era entonces una figura muy cercana a determinados sectores de la Iglesia y gozaba de una extraordinaria influencia internacional.


Las acusaciones llegaron a la Congregación para la Doctrina de la Fe, cuyo prefecto era entonces el cardenal Joseph Ratzinger.


Posteriormente se inició una investigación canónica.


Aquí hay un dato fundamental: Juan Pablo II todavía era Papa cuando la Congregación para la Doctrina de la Fe investigaba las acusaciones contra Maciel.


Por tanto, sería incorrecto afirmar:


«El Vaticano no investigó a Maciel hasta después de la muerte de Juan Pablo II».


La investigación comenzó antes.


Pero también sería incorrecto afirmar:


«Juan Pablo II condenó canónicamente a Maciel».


Eso tampoco ocurrió.


Durante el pontificado de Juan Pablo II no se publicó una sentencia canónica contra Maciel ni se le impuso públicamente la pena que posteriormente conocemos.


3. Benedicto XVI: la sanción de 2006


Aquí se produce el cambio decisivo.


Joseph Ratzinger se convirtió en Benedicto XVI en abril de 2005.


Después de años de investigación de la Congregación para la Doctrina de la Fe, el Vaticano comunicó el 19 de mayo de 2006 una medida disciplinaria contra Maciel.


La Congregación, con la aprobación de Benedicto XVI, decidió:


«invitar» a Maciel a una vida reservada de oración y penitencia, renunciando a todo ministerio público.


La formulación oficial fue deliberadamente prudente. No hubo un proceso penal público con una sentencia solemne del tipo que normalmente imaginamos cuando hablamos de una «condena canónica».


Pero sí hubo una medida disciplinaria canónica muy grave: Maciel quedó apartado del ministerio público y se le pidió retirarse a una vida de oración y penitencia.


Maciel tenía entonces 86 años.


Murió en enero de 2008.


Posteriormente, la investigación apostólica de los Legionarios de Cristo proporcionó una imagen todavía más grave de su conducta.


En 2010, la Santa Sede publicó una declaración extraordinariamente severa sobre el caso. La visita apostólica había constatado la existencia de comportamientos «gravísimos y objetivamente inmorales» por parte de Maciel, confirmando además la existencia de una verdadera estructura de poder dentro de la congregación que había dificultado durante años el conocimiento de la realidad.


Hay además un aspecto que considero fundamental para entender históricamente el caso: Juan Pablo II mantuvo durante buena parte de su pontificado una relación muy favorable hacia Maciel y hacia los Legionarios de Cristo.


Juan Pablo II conocía personalmente a Maciel y lo recibió en numerosas ocasiones. En 2004, durante las celebraciones por el 60.º aniversario de la ordenación sacerdotal de Maciel, pronunció palabras públicas de elogio hacia él.


Esto resulta particularmente relevante porque para entonces las acusaciones ya eran conocidas en determinados ámbitos y la Congregación para la Doctrina de la Fe estaba ocupándose del asunto.


Por eso, desde una perspectiva histórica, hay que evitar dos simplificaciones opuestas:


«Juan Pablo II fue quien condenó a Maciel».


Falso.


Pero también:


«Juan Pablo II no tuvo ninguna noticia de las acusaciones contra Maciel».


También sería falso.


La situación fue bastante más compleja.


Podemos representarla así:


1956 — Pío XII: investigación de Maciel y medidas disciplinarias.



1959 — Juan XXIII: levantamiento de las medidas y rehabilitación.



1997 — Juan Pablo II: antiguos legionarios hacen públicas graves acusaciones.



Finales de los años 1990 / primeros años 2000 — Juan Pablo II: la Congregación para la Doctrina de la Fe investiga las acusaciones.



2004 — Juan Pablo II: homenaje público a Maciel.



abril de 2005: muere Juan Pablo II.



19 de mayo de 2006 — Benedicto XVI: medida disciplinaria; Maciel debe abandonar el ministerio público y llevar una vida reservada de oración y penitencia.



2008: muerte de Maciel.



2010 — Santa Sede: declaración extraordinariamente crítica sobre Maciel y sobre la situación institucional de los Legionarios de Cristo.


Hay además una cuestión historiográfica especialmente interesante: qué sabía exactamente Juan Pablo II, cuándo lo supo y qué información recibió de sus colaboradores sobre las acusaciones contra Maciel. Esa cuestión es bastante más difícil que determinar simplemente si «había denuncias».


Y aquí merece la pena separar tres niveles de evidencia: lo que está documentado directamente en los archivos y comunicados de la Santa Sede; lo que conocemos por testimonios de personas implicadas; y las interpretaciones periodísticas posteriores.


Las fuentes primarias que yo pondría en primer lugar para estudiar seriamente el asunto son los comunicados oficiales de la Santa Sede de 19 de mayo de 2006 y de 1 de mayo de 2010, además de la documentación de la Congregación para la Doctrina de la Fe y los documentos relativos a la visita apostólica a los Legionarios de Cristo. Después contrastaría esas fuentes con investigaciones periodísticas y con la bibliografía histórica sobre Maciel.


Y hay un punto particularmente interesante para un análisis teológico e institucional: la diferencia entre la investigación de 1956, la investigación de la Congregación para la Doctrina de la Fe durante Juan Pablo II y la decisión disciplinaria de 2006. Son tres momentos jurídicamente distintos y no conviene meterlos bajo la misma etiqueta de «condena».


¿Maciel fue un pederasta?

Sí. Si utilizamos «pederasta» en el sentido habitual de una persona adulta que mantiene conductas sexuales con menores, las evidencias históricas y la propia investigación de la Santa Sede permiten afirmar que Marcial Maciel abusó sexualmente de menores.


La cuestión está documentada con suficiente solidez como para que ya no sea correcto presentar las acusaciones simplemente como «rumores». Hubo testimonios de antiguos legionarios que afirmaron haber sufrido abusos cuando eran menores, y la investigación de la Santa Sede terminó aceptando la sustancia de las acusaciones.


El comunicado de la Santa Sede del 19 de mayo de 2006, emitido por la Congregación para la Doctrina de la Fe, afirmó que las acusaciones contra Maciel habían sido examinadas y que, «dejando de lado un proceso canónico debido a su edad avanzada», se le impusieron medidas que le prohibían todo ministerio público y le exigían una vida reservada de oración y penitencia.


Pero el documento más contundente es el comunicado de la Santa Sede del 1 de mayo de 2010. Allí se afirma que las conductas de Maciel fueron «gravísimas y objetivamente inmorales» y se señala expresamente que habían sido confirmadas por «testimonios incontrovertibles».


Además, la investigación posterior reveló que el problema no se limitaba a abusos sexuales de menores. La Santa Sede describió una situación de doble vida, abuso de poder, utilización de recursos económicos y graves mecanismos de engaño dentro de la propia congregación.


Con mayor precisión académica: 

«Marcial Maciel cometió abusos sexuales contra menores. Las acusaciones fueron investigadas por la Santa Sede y, posteriormente, la propia Santa Sede reconoció la gravedad y veracidad sustancial de los hechos.»


Y hay una cuestión histórica mucho más delicada detrás: cómo pudo un sacerdote sobre el que ya existían acusaciones desde los años cincuenta llegar a convertirse durante décadas en una figura de enorme prestigio eclesial, y por qué las denuncias no produjeron antes una intervención definitiva. Ese es probablemente el aspecto más importante del caso desde el punto de vista institucional y eclesiológico.

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