jueves, 14 de marzo de 2024

III- Desarrollo histórico del sacramento del Orden

 


Edad patrística: tradiciones prenicena y postnicena

• Padres apostólicos. La Didajé conoce ministerios itinerantes y ministerios estables, y en contexto celebrativo la Eucaristía es llamada sacrificio. Clemente de Roma, esbozando un esquema de constitución eclesial, afirma la sucesión apostólica. En Ignacio de Antioquía encontramos ya articulado el episcopado monárquico.

• A partir de los padres apologistas se va dando una maduración doctrinal. Justino describe al que preside a los hermanos como perteneciente a la raza archisacerdotal. Ireneo presenta un obispo monárquico al frente de cada comunidad, indicando listas de sucesión apostólica y aportando una perspectiva pneumatológica del ministerio. Es el primero, además, en relacionar a los Siete con el diaconado. Los alejandrinos delinean un tinte místico a la comprensión del ministerio, hablando de una doble jerarquía: la exterior, oficial y visible, y la interior, que depende de la santidad.

• Tertuliano juega un papel importante en la gestación del vocabulario que se volverá clásico en el mundo latino (ordo, clerus). Preocupado por la unidad eclesial, Cipriano lleva el episcopado monárquico a su punto culminante.

• La Tradición Apostólica da testimonio del rito de la consagración de obispos, presbíteros y diáconos, conteniendo una rica perspectiva tipológica y teológica.

• El Concilio de Nicea presenta normas precisas para la ordenación episcopal, y discute

sobre la readmisión de los herejes.

• Jerónimo, en la línea del Ambrosiaster y ante una situación polémica por el creciente poder de los diáconos, subraya la unidad sacerdotal entre obispos y presbíteros, dando pie a que se abandonara la explicación del ministerio desde el obispo, para centrarlo en la capacidad de consagrar en la Eucaristía, aunque se mantiene la distinción entre ambos.

• Ante el problema de las reordenaciones, Agustín distingue entre la gracia, que puede perderse, y el carácter, de efecto imperecedero, indicando que el orden, al igual que el bautismo, no pueden reiterarse.

• El Concilio de Calcedonia, contra el peligro de clérigos vagos, establece la prohibición

de ordenaciones sin adscripción eclesiástica.

• Entre los tratados sobre el ministerio destacan la Fuga de Gregorio Nacianceno, los escritos sobre el sacerdocio de Juan Crisóstomo y la Regla Pastoral de Gregorio Magno.

• Avanzada la patrística, se va acentuando de manera creciente la perspectiva de poder dignidad en el obispo, también asumiendo roles civiles.

• En su búsqueda por fundamentar en lo divino el proceso divinizador del hombre, el Pseudodionisio insiste en la jerarquía eclesial vinculada con la celeste. A partir de ahí, explica la estructura jerárquica eclesial en lenguaje místico. El ministerio se entiende en función del proceso perfectivo en la Iglesia, incluyendo lo que terminará por llamarse “órdenes menores”.

• Isidoro consagra la identificación sacerdotal de obispos y presbíteros, y muestra que la Eucaristía se ha asentado como el punto de partida para hablar del ministerio.

• Los Rituales de Ordenaciones asumen también el vocabulario de la dignidad y del poder, manteniendo la imposición de manos, pero añadiendo la entrega de instrumentos y los hábitos litúrgicos propios de cada grado.


Escolástica

• Entre el siglo VII y el XI se sigue la síntesis de Isidoro, con un acento disciplinar y ascético. La figura sacerdotal se concentra en su actividad litúrgico ritual. En el siglo VIII se añade al rito la unción.

• Con el surgimiento de la escolástica, se encuentra inconsistencia respecto al número de las órdenes sagradas (nuevo o siete). Surge la distinción entre potestas ordinis y potestas iurisdictionis, señalando a la primera en referencia al Corpus Christi verum (Eucaristía),

y la segunda al mysticum (Iglesia), lo que sirve para especificar la naturaleza del episcopado.

• El Maestro de las Sentencias ubica al orden como sacramento, en razón de ser signoinstituido por Cristo y de la causalidad, y discute la vinculación entre la Eucaristía y el Orden y la doble función de presidir y santificar en la Iglesia. Llama sacramento a los siete órdenes sagrados, sin decir que cada uno sea un sacramento ni especificar cómo participa cada uno de la sacramentalidad.

• Tomás de Aquino mantiene el vínculo entre Orden y Eucaristía, reconociendo la superioridad del obispo respecto al presbítero al señalar que, cuando se ordena, se confiere la potestad de consagrar en nombre de Cristo. Profundiza el sentido sobre el actuar in persona Christi: el ministro está a disposición de Cristo, obra vicariamente en

su nombre y procede como instrumento permanente por el carácter.

• En la escolástica tardía se dan algunas orientaciones que anuncian la posterior recuperación de la centralidad del episcopado.


De la reforma tridentina al Concilio Vaticano II

• Ante la doctrina reformada, que sobrevalora el sacerdocio de los fieles y establece el ministerio en el servicio de la palabra, el Concilio de Trento afirma que por la ordenación se confiere el Espíritu Santo, enseña la relación entre sacrificio y sacerdocio, presenta el carácter sacramental como doctrina conocida y, reconociendo la jerarquía como institución divina, no resuelve la sacramentalidad del episcopado, aunque afirma su superioridad. Los autores postridentinos muestran la fundamentación positiva del sacramento del Orden, mostrando que se cumplen las tres notas del concepto sacramento aceptadas por los reformados (rito externo, promesa de gracia interior y mandato divino).

• Pío XII, a propósito de lo que se había impuesto de considerar la entrega de los instrumentos como materia del sacramento, establece que, sin menoscabo de lo celebrado anteriormente, se retome la más antigua tradición de reconocer como tal la imposición de manos.

• El Concilio Vaticano II (LG III, ChD, PO) incluye la teología del ministerio en su

perspectiva predominantemente eclesial, retomando el episcopado como punto de partida

para explicar el Orden y acercándose a una definición dogmática de su sacramentalidad,

y emplea para su configuración el recurso del triple munus. Profundiza la comprensión

de la comunión jerárquica. Indica la diferencia esencial entre el sacerdocio bautismal y el ministerial, diciendo que no se trata solo de una diferencia de “grado”. Restablece, además, el diaconado como ministerio permanente.

• En el período posconciliar destaca la promulgación del Nuevo Rito Romano de Ordenaciones y la Ordinatio sacerdotalis de Juan Pablo II que considera definitiva la enseñanza de excluir de la ordenación a las mujeres. Así mismo, en el contexto de la formación, la PDV, el CICat (en una perspectiva teológica tradicional), los directorios para los presbíteros, los obispos y los diáconos permanentes, la Pastores gregis y la declaración interdicasterial sobre la colaboración de los laicos en el ministerio de los presbíteros. 

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