El único Sacramento del Orden y sus tres grados
• El Orden ministerial es un solo sacramento con tres grados, configurando un organismo sacramental. Dos de los grados se identifican como sacerdotales (episcopado y presbiterado), el otro como ministerial.
• La plenitud del sacramento del Orden se realiza en el episcopado (cf. LG 21). Para explicar tal plenitud podemos hablar de capitalidad (por antonomasia promueve y significa la unidad de la iglesia en su unidad menor, la iglesia particular, donde es autoridad que hace las veces de Cristo cabeza, participando además en la suprema autoridad de la Iglesia como miembro del colegio episcopal) y fontalidad (de él brotan y dependen las funciones en la iglesia particular, a él lo representan y constituye el último referente de las funciones delegables). Operativamente esto se ejecuta como jurisdicción y litúrgicamente al ser ministro ordinario de la Confirmación, exclusivo de la Ordenación y referente permanente de todos los sacramentos, por lo que adquiere una significatividad particular la Eucaristía presidida por el obispo con su presbiterio.
• El presbiterado, en el ejercicio eucarístico (confeccionar la presencia y actualizar el sacrificio), lleva a cabo lo mismo que el obispo. Su especificidad la podemos identificar en el ámbito de la cooperación subordinada. Es auténtico sacerdote, pero no referente último. Su identidad, siendo sacerdotal, se realiza como colaboración (cf. LG 28).
• El diácono recibe la imposición de manos no en orden al sacerdocio, sino al ministerio. Está marcado, por lo tanto, con el carácter, pero no sacerdotal (cf. LG 29).
Teológicamente puede expresarse como representación de Cristo servidor, en la visibilización y estabilidad de una forma sacramental. Se ha discutido recientemente si puede llamarse “presidente” de la comunidad, orientándose la enseñanza oficial por una respuesta negativa.
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